INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO DEL EJÉRCITO
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Modalidad Ordinario

IESTPE - ETE

Requisitos para el Proceso de Admisión Ordinario al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército (IESTPE– ETE).

MODALIDAD ORDINARIO

 

a. La Fase Captación contempla la inscripción, recepción, verificación documentaria del Legajo del postulante y se realizará de manera diferenciada de acuerdo a las competencias de los postulantes debidamente sustentadas y documentadas, debiendo cumplir con los requisitos básicos:

  1. 1) Edad:
  2.   Mínima: 15 años (*)
      Máxima: 23 años, 11 meses y 29 días (*)    24 años, 11 meses y 29 días (*) (**)
    (*) Computados al 31 de diciembre del año anterior al proceso.
    (**) Exclusivamente para personal de procedencia del Servicio Militar.
  3. 2) Talla:
  4.   Mínima: 1.55 m para las damas. (*)
      Mínima: 1.60 m para los caballeros. (*)
    (*) Para los postulantes entre 15 y 18 años, proyectando su futuro desarrollo corporal dentro del IESTPE-ETE, se podrá variar la talla mínima hasta en 5 cm menos, (computados al 31 de diciembre del año anterior al proceso).

  5. 3) Peso: De acuerdo a lo establecido en el anexo 1 “Tabla Antropométrica”.

  6. 4) Ser peruano(a) de nacimiento o haber nacido en el extranjero de padre o madre peruano, siempre que haya sido inscrito(a) en el registro correspondiente durante su minoría de edad.

  7. 5) Ser soltero(a), sin hijos, ni dependientes directos.

  8. 6) No encontrarse en estado de gestación durante el proceso de admisión, de detectarse y estar en dicha condición será separado del proceso, inclusive si ha ocupado vacante.

  9. 7) Haber culminado la Educación Básica Secundaria.

  10. 8) No haber sido expulsado(a) de Centro Superior de Estudios y/o Centro de Formación de las FFAA o PNP por la casual “Medida Disciplinaria” o “Incapacidad Psicofísica”.

  11. 9) Encontrarse físicamente Apto, para rendir las pruebas de Aptitud física.

  12. 10) No registrar antecedentes policiales, judiciales y penales.

  13. 11) En amparo de la RM N° 070-2007-DE/SG del 31 de diciembre de 2007; Los postulantes hijos del Personal Militar con discapacidad o fallecidos en cumplimiento del deber (En acción de armas, actos de servicio, ocasión de servicio o como consecuencia del servicio), debidamente acreditados con resolución, tendrán las siguientes prerrogativas:
      (1) Exoneración del pago de conceptos de inscripción y gastos de instalación.
      (2) Se otorgará diez (10) vacantes, aquellos postulantes que se acojan a este beneficio.
      (3) Las vacantes serán ocupadas, en estricto orden de mérito por los postulantes que se acojan a este beneficio siempre y cuando hayan aprobado los exámenes del Proceso de Admisión.